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Hoy es Miércoles, 8 de Febrero del 2012

Limitadores de Velocidad.

Si Ud. tiene montado un Limitador de Velocidad Sturdy, Econocruise-Vogel, o Romatic, en Tallers Bellí, podemos ofrecerle nuestros servicios en cuanto a reparación sustitución, calibración o precintado del equipo. Al contrario de lo que ocurre con los tacógrafos, los limitadores de velocidad no requieren revisión periódica alguna. Aunque siempre deberá llevarlo debidamente precintado y calibrado. Por lo que sólo tendrá que realizar estas operaciones en caso de avería del equipo o rotura de los precintos, ya sea accidentalmente como a causa de una reparación de otro elemento del vehículo.

logo SturdyLos Limitadores Sturdy le ayudan a controlar su conducción. La corporación americana Sturdy se dedica desde hace 35 años al diseño y fabricación de dispositivos de control y display para el sector marino, automotriz e industrial. Entre ellos destacan sincronizadores de motores de uso marino y actuadores electrónicos de control de vehículos terrestres como son los Limitadores de Velocidad.
El nuevo limitador ERSL de Sturdy está diseñado para vehículos con aceleradores controlados electrónicamente (con potenciómetros), y se interrelaciona con la Unidad de Control del Motor de los vehículos (UCM).

Modelos Sturdy 89RSL y ERSL
Surtdy 89RSL Sturdy ERSL

logo EconocruiseDesde 1984 el sistema de control de velocidad de Econocruise EMA (Electric Motor Actuated), ha estado suministrando sus productos para camiones y autobuses para la limitación eficaz de la velocidad, ofreciendo la máxima exactitud y la fiabilidad posible. El sistema de EMA fue el primer sistema al que se le concedió la marca "e" europea, lo que significa que está homologada para el uso en vehículos de toda Europa Comunitaria. Actualmente en Europa, aproximadamente 400.000 vehículos van equipados con el sistema de control de velocidad de EMA y EMAII de Econocruise. La fiabilidad, el renombre del sistema EMA, y su acción suave sobre el sistema de aceleración, ayudan a reducir su fatiga del conductor. Para el propietario del vehículo, se demuestran reducciones económicas en los elementos de desgaste y mantenimiento del vehículo. Los limitadores de velocidad EMA y EMAII, han equipado en origen (OEM's) a marcas de todo el mundo como Volvo Trucks, Scania, Renault VI, ERF Ltd, Leyland Trucks, Freightliner, IVECO-Ford y Cummins Engine Co.

Modelo Econocruise-Vogel
Econocruise UCE Econocruise motor actuador

logo RomaticRomatic-Autokontrol está situado en Oldham, cerca de Manchester, Inglaterra. Entre los productos de la compañía se incluye la gama de Romatic. Desde el año 1980 hemos diseñado y desarrollado sistemas de control de velocidad, y se han probado en varios países de todo del mundo. Además fabricamos y desarrollamos también desde 1970 sistemas de lubricación automáticos para ejes, remolques y autobuses y camiones. Los sistemas de Romatic incorporan muchas características únicas, asegurando costes de mantenimiento más bajos, incremento de la eficiencia del vehículo y mejora de su funcionamiento. Cada sistema Romatic es fabricado con calidad y seguridad, sobrepasando los estándares exigentes de la ISO 9001.
El nuevo limitador System 80, está controlado electrónicamente, por válvula de flujo (para el combustible) que regula todo el sistema, dando como resultado el control de la velocidad en cualquier condición, tanto para vehículos con motor de gasolina o diesel. Está especialmente indicado para vehículos con aceleradores controlados electrónicamente

Modelos Romatic System90 y System80
Romatic System 90 Romatic System 80
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Aspectos técnicos comunes de los limitadores de velocidad:

El control de celocidad y/o control de las revoluciones, se convierten en ahorro.
Exceder la velocidad máxima permitida aumenta la probabilidad o de accidentes o de sanciones y pérdida de puntos.
Velocidades excesivas y/o revoluciones incontroladas resultan caras, comportan aumento del desgaste e incremento de los costes de mantenimiento en:
• El Desgaste de Neumáticos se duplica a partir de 110km/h;
• Desgaste más rápido de los sistemas de freno;
• Desgaste más rápido de los componentes de motor como cojinetes, embragues, engranajes y trenes de rodaje;
• Mayor Consumo de Combustible y Aceite.

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Aspectos legales del limitador de velocidad:

Según el artículo 3 del Real Decreto 1417/2005 (que deroga el anterior R.D. 1995/1740), Los vehículos de motor de las categorías M2 y M3 a que se refiere el artículo 2 sólo podrán circular por la vía pública si tienen instalado un dispositivo de limitación de velocidad regulado de tal manera que su velocidad no pueda superar los 100 kilómetros por hora.
Los vehículos de la categoría M3 con un peso máximo que exceda de las 10 toneladas, matriculados antes del 1 de enero de 2005, podrán mantener instalados dispositivos en los que la velocidad máxima esté regulada en 100 kilómetros por hora
.

Y el artículo 4 del mismo Real Decreto: Los vehículos de motor de las categorías N2 y N3 sólo podrán circular por la vía publica si tienen instalado un dispositivo de limitación de velocidad regulado de tal manera que su velocidad no pueda superar los 90 kilómetros por hora.

Según el anexo II de la Directiva 2001/116/CE de la Comisión (que modifica la anterior 70/156/CEE), la categoría M, se refiere a vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, y se divide en:
• M1: que tengan, ocho plazas como máximo (excluida la del conductor);
• M2: que tengan, más de ocho plazas (excluida la del conductor) cuya masa máxima no supere las 5 toneladas, y
• M3: que tengan,más de ocho plazas (excluida la del conductor) cuya masa máxima supere las 5 toneladas.
... y la categoría N, se refiere a vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de mercancías, y se divide en:
• N1: que, cuya una masa máxima no supere las 3,5 toneladas;
• N2: que, cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas e inferior a 12 toneladas, y
• N3: que, cuya masa máxima supere las 12 toneladas .
Las diferentes normativas y leyes que han ido apareciendo han dejado este calendario para aplicar el dispositivo limitador de velocidad según la clase y año de fabricación del vehículo:

Sitúe el cursor sobre las celdas de la categoría para obtener más información

Cuadro de fechas de aplicación del limitador de velocidad según su categoría, masa máxima, fecha de matriculación y tipo de transporte, según Real Decreto 1417/2005 y Directiva CEE 70/156
Categoría Masa máxima Limitación Km/h. Fecha matriculación Tipo de transporte Fecha de aplicación
M2 no superar 5 toneladas 100 01/10/2001 a 01/01/2005 Nacional y Internacional 01/01/2006
M2 no superar 5 toneladas 100 01/10/2001 a 01/01/2005 Exclusivo Nacional 01/01/2007
M2 no superar 5 toneladas. 100 01/01/2005 en adelante Todos 01/01/2005
M3 entre 5 y 10 toneladas 100 01/10/2001 a 01/01/2005 Nacional y Internacional 01/01/2006
M3 entre 5 y 10 toneladas 100 01/10/2001 a 01/01/2005 Exclusivo Nacional 01/01/2007
M3 entre 5 y 10 toneladas. 100 01/01/2005 en adelante Todos 01/01/2005
M3 mayor de 10 toneladas 100 01/01/1988 a 01/01/1994 Nacional y Internacional 01/01/1995
M3 mayor de 10 toneladas 100 01/01/1988 a 01/01/1994 Exclusivo Nacional 01/01/1996
M3 mayor de 10 toneladas 100 01/01/1994 en adelante Todos 01/01/1994
N2 entre 3,5 y 12 toneladas 90 01/10/2001 a 01/01/2005 Nacional y Internacional 01/01/2006
N2 entre 3,5 y 12 toneladas 90 01/10/2001 a 01/01/2005 Exclusivo Nacional 01/01/2007
N2 entre 3,5 y 12 toneladas 90 01/01/2005 en adelante Todos 01/01/2005
N3 mayor de 12 toneladas 90 01/01/1988 a 01/01/1994 Nacional y Internacional 01/01/1995
N3 mayor de 12 toneladas 90 01/01/1988 a 01/01/1994 Exclusivo Nacional 01/01/1996
N3 mayor de 12 toneladas 90 01/01/1994 en adelante Todos 01/01/1994

Revisiones periódicas:

En los Limitadores de Velocidad, no es obligatorio realizar ninguna revisión periódica. Sólo es necesario llevar los precintos en regla, y tener el Limitador de Velocidad parametrizado de acuerdo con los datos que constan en la placa de montaje del Tacógrafo instalado en el vehículo (valores "l" y "w"). Según el Real Decreto 1417/2005, el dispositivo de limitación de velocidad deberá ser sometido a una comprobación del funcionamiento, en los siguientes casos:

•cuando no funcione;
•cuando por el uso, o por cualquier reparación en el vehículo, en el tacógrafo se haya roto o retirado alguno de los precintos.

Además el Limitador de Velocidad estará sometido a las comprobaciones de funcionamiento durante las Inspecciones Técnicas de Vehículos (Real Decreto 2042/1994) y las Inspecciones Técnicas en carretera (Real Decreto 122/2004).

Si la Autoridad Competente advierte un fallo o manipulación en el Limitador de Velocidad, podrán serle aplicados los criterios del artículo 33, y en particular de los puntos 4 y 5 de la Ley 29/2003, por la que se modifican los artículos 22; 23; 33; 35.2; 38.1, tercer párrafo; 38.2, y 42.1, apartado a), se añade un nuevo párrafo al artículo 55 y una disposición adicional novena nueva, de la anterior Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

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Última modificación: Diciembre, 2007

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